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¿Qué derechos tiene el arrendatario a permanecer en la vivienda?

Actualizado: 15 sept 2022

¿Qué derechos tiene el arrendatario a permanecer en la vivienda incluso en contra de la voluntad del propietario? Conoce la duración mínima a la que tiene derecho el arrendatario.

Sea cual sea la duración pactada en el contrato de arrendamiento de vivienda, la Ley concede al arrendatario el derecho a un plazo mínimo, que será de obligado cumplimiento para el propietario de la vivienda arrendada si el plazo previsto en el contrato es inferior a la duración mínima legal.

Pero, ¿Qué derechos tiene el inquilino para permanecer en la vivienda, sin necesidad de comunicación alguna al arrendador y aún en contra de la voluntad del mismo? Pues bien, los derechos del inquilino varían en función de la fecha del contrato de arrendamiento.

Entre las obligaciones del arrendador, además, se ha de sumar el que deriva de la prórroga a la duración del contrato que en cada caso corresponde si, con carácter previo a la finalización del plazo mínimo legal, no ha comunicado con la antelación necesaria su voluntad de no renovar, y que igualmente variará en función de la fecha de nuestro contrato.


Para saber qué plazo mínimo corresponde disfrutar el arrendatario en función de la fecha del contrato de arrendamiento suscrito, podemos seguir esta tabla:


FECHA CONTRATO​

​PLAZO MÍNIMO LEGAL Arrendador persona física

PLAZO MÍNIMO LEGAL

Arrendador persona jurídica


PRÓRROGAS POR FALTA DE PREAVISO

Hasta el 5-06-2013

5 AÑOS

=

3 AÑOS

Del 6-06-2013 al 18-12-2018

3 AÑOS

=

1 AÑO

Del 19-12-2018 al 22-01-2019

5 AÑOS

7 AÑOS

3 AÑOS

Del 23-01-2019 al 5-03-2019

3 AÑOS

=

1 AÑO

Desde el 6-03-2019

5 AÑOS

7 AÑOS

3 AÑOS



Si eres arrendatario y quieres ampliar información sobre tus derechos, o eres propietario de una vivienda arrendada que, necesitando disponer de tu propiedad te encuentras con dificultades para disponer libremente de tu propiedad y quieres conocer cómo te afectan los plazos legalmente previstos, consulta con STG Abogados y Economistas, donde nuestros profesionales especializados en contratos de arrendamiento podrán asesorarte.





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